Programas para Infantes y Niños Pre-escolares con Discapacidades

Programas para Infantes y Niños Pre-escolares con Discapacidades

Una publicación de NICHCY

En Esta Publicación:

Introducción
Parte I
Parte II
Parte III
Parte IV
Diccionario de Términos


Guía para Padres 2 (PA2-Sp)
agosto de 1993
Recursos actualizados, octubre de 2003
Aprox. 19 páginas al ser impresa.

Introducción

Esta Guía para Padres ha sido preparada para las familias con niños que tengan necesidades especiales (desde su nacimiento hasta los 5 años de edad) a fin de brindarles información sobre cómo adquirir ayuda para sus niños.

Esta publicación tiene como objeto contestar las preguntas comunes sobre los servicios de intervención temprana para los niños menores de 2 años de edad y servicios de educación especial y servicios relacionados para los niños de 3 a 5 años de edad.

Las reglas y guías para la educación especial en los Estados Unidos y sus territorios están comprendidas en la ley federal conocida como El Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (“Individuals with Disabilities Education Act,” o IDEA), anteriormente conocida como El Acta para la Educación de los Impedidos (EHA). Cada estado o territorio desarrolla su propia política para llevar a cabo el Acta. (Para mayor información véa la Parte IV, Informacion Sobre IDEA.)

Usted debe averiguar cuáles son las políticas para intervención temprana o educación especial en su estado y área. La lista de agencias que acompaña esta guía le ayudará a ponerse en contacto con las agencias apropiadas en su estado. (Véa la hoja titulada NICHCY Hoja de Recursos Estatales, que es una lista de recursos estatales.)

La frase “niños con necesidades especiales” ha sido usada a través de este documento en referencia a los niños que tienen discapacidades o que corren el riesgo de desarrollar una discapacidad.

Esta publicación contiene muchas palabras usadas comunmente en educación especial. Las definiciones de estas palabras se encuentran en el Diccionario al fin de este documento.

El Uso del Término “Discapacidad”

El término “discapacidad” fue aceptado por la Real Academia Española de la Lengua hace diez años y aparece en el diccionario de la lengua española de ésta. En reconocimiento del gran poder del lenguaje para influir y crear impresiones, NICHCY utiliza el término “discapacidad” en todas sus publicaciones.

Otras términos quizás más comunes–como, por ejemplo, “incapacidad,” “minusválido,” e “inválido”–pueden dar a entender que las personas con discapacidades son personas “sin habilidad,” de “menor valor,” o “sin valor.”

En comparación, discapacidad quiere decir una falta de habilidad en algun ramo específico. El uso del término reconoce que todos los individuos con discapacidades tienen mucho que contribuir a nuestra sociedad y al mismo tiempo está de acuerdo con cambios similares en el lenguaje de la ley estadounidense.

Parte I. Servicios de Intervención Temprana

Para Infantes y Niños Desde el Nacimiento Hasta los 2 Años de Edad

La ley federal conocida como Ley Pública (P.L.) 102-119 garantiza ciertos derechos a los niños (desde el nacimiento hasta los 5 años de edad) con necesidades especiales. Esta ley es una enmienda al Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (“Individuals with Disabilities Education Act,” o IDEA). (Para mayor información sobre esta ley, véa Parte IV.)

¿Qué debo hacer si sospecho que mi niño tiene necesidades especiales?

Primero, Ud. debe averiguar si su infante es elegible para recibir servicios de intervención temprana. Hay mucha gente que le puede ayudar con ésto. En las siguientes páginas encontrará información sobre cómo obtener la ayuda que Ud. necesita.

¿Qué son los servicios de intervención temprana?

Son servicios para infantes y niños, designados a identificar y tratar cualquier problema o retraso lo antes posible. Los servicios de intervención temprana se ofrecen a través de una agencia pública o privada y se prestan en diferentes lugares, ya sea en el hogar, en una clínica, en un centro de cuidado infantil cercano, en el hospital, o en el departamento de salúd local.

Los servicios de intervención temprana pueden variar desde una simple prescripción de lentes para un niño de 2 años, hasta el desarrollo de un programa completo de terapia física para un infante con parálisis cerebral.

¿A quién contacto primero para recibir ayuda?

Cada estado decide cuál de sus agencias será la agencia primaria a cargo de los servicios de intervención temprana para los infantes y niños con necesidades especiales. Es posible que la persona que se contacte primero sea un especialista infantil, alguien que trabaja con la agencia primaria, o alguien de la Oficina de “Child Find” de su estado. Para averiguar quién le puede ayudar, llame a la persona cuyo nombre aparece en el NICHCY Hoja de Recursos Estatales bajo “Programs for Infants and Toddlers with Disabilities” o póngase en contacto con NICHCY, 1-800-695-0285, y pida hablar con alguien que hable español.

Importante. Apunte los nombres y números de teléfono de todas las personas con quien hable. Esta información le puede ser útil más adelante.

¿Qué le digo a la persona que sirve como contacto local?

Explique que Ud. cree que su niño posiblemente necesite servicios de intervención temprana y haga una cita para que se le hagan pruebas (y análisis) y una evaluación. Anote toda la información que le den.

¿Qué son pruebas y evaluación?

Evaluación se refiere a los procedimientos utilizados para determinar si el niño es elegible para recibir servicios de intervención temprana. Pruebas (y análisis) se refiere al proceso de juntar y utilizar información sobre el desarrollo del niño y determinar qué clase de ayuda puede necesitar.

Esta información puede originarse de:

Informes médicos;

Resultados de los tests o pruebas del desarrollo suministradas al niño;

El historial médico de su niño;

Observaciones y comentarios de todos los miembros del equipo multidisciplinario, incluyendo a los padres; y

Cualquier otra observación importante, expedientes, o los informes sobre su niño.

¿Quién realiza la evaluación y pruebas?

Depende de las reglas de su estado. Pregúntele a la persona que sirve como contacto local. Un equipo de profesionales examinará a su niño. Este generalmente incluye a un psicólogo, un especialista infantil, y especialistas en terapia física o terapia ocupacional.

¿Quién paga la evaluación y pruebas?

Bajo IDEA, toda evaluación y prueba se efectua sin costo alguno de las familias. La persona que sirve como contacto local le puede ayudar a informarse sobre las reglas locales.

En el caso de que mi niño sea elegible para recibir servicios especiales, ¿tendré que pagar por éstos?

Generalmente, los servicios se proveen sin ningún gasto por parte de la familia. Es posible que Ud. tenga que pagar algunos servicios, dependiendo de las políticas de su estado. Pregúntele al contacto local de su estado. Es posible que algunos servicios puedan estar cubiertos bajo su póliza de seguro de salud, por Medicaid, o el Departamento de Servicios de Salud Indígena.

¿Qué hace el coordinador de servicios?

Cuando se haya determinado las necesidades del niño y éste sea elegible para recibir servicios, un coordinador de servicios será asignado a la familia. Esta persona debe ser especialista en el desarrollo infantil y los métodos para ayudar a los niños con atrasos en su desarrollo. El coordinador de servicios debe conocer los servicios y las políticas de los programas de intervención temprana de su estado. Esta persona le puede ayudar a localizar otros servicios en su comunidad, tales como recreación, cuidado infantil, o grupos de apoyo para la familia. El coordinador de servicios trabajará con su familia mientras el niño esté recibiendo servicios. Después de que el niño cumpla 2 años de edad, el coordinador de servicios le ayudará a integrarse a los programas para niños de 3 a 5 años de edad.

¿Qué es un IFSP?

La familia y el coordinador de servicios trabajarán con otros profesionales para desarrollar un Plan de Servicios Familiares Individualizado (“Individualized Family Service Plan,” o IFSP). La base del IFSP es que la familia representa el mayor recurso del niño, y que las necesidades del infante están ligadas a las necesidades de su familia. La mejor forma de apoyar a los niños y responder a sus necesidades es apoyar y desarrollar los aspectos positivos de la familia. Entonces el IFSP es un plan para toda la familia, y los padres constituyen la parte más importante del equipo. La participación de otros miembros del equipo dependerá de las necesidades del infante. Estos otros miembros del equipo pueden provenir de otras agencias, tales como personal médico, terapeutas, especialistas en el desarrollo infantil, y trabajadores sociales, entre otros.

Cada estado ha desarrollado ciertas pautas para el IFSP. Su coordinador de servicios puede explicar cuáles son éstas.

¿Existe algún grupo local de padres de familia que me pueda informar sobre los servicios de intervención temprana?

Hay varios grupos de padres de familia, incluyendo:

Grupos de apoyo (tales como de Padre-a-Padre) para las familias de niños con discapacidades;

Programas de entrenamiento e información para padres, que operan con fondos federales, tales como el centro en cada estado conocido como el PTI (“Parent Training and Information Center“); y

Grupos interesados en una discapacidad específica, tales como las Asociaciones Unidas para la Parálisis Cerebral (United Cerebral Palsy Associations, Inc., o UCPA) o la Asociación para Ciudadanos Retrasados de los Estados Unidos (The Arc).

Algunos de estos grupos aparecen en el Hoja de Recursos Estatales.

Los grupos de padres pueden ofrecer información, apoyo, o entrenamiento para las familias de los niños con discapacidades con el fin de que los padres lleven a cabo un importante papel en ayudar a sus niños. A través de estos grupos, las familias llegan a conocer otras familias con necesidades similares para discutir fuentes de ayuda e información, problemas diarios, e ideas personales.

Su coordinador de servicios o alguien de su escuela local podría ayudarle a ponerse en contacto con grupos locales. Para obtener mayores detalles sobre estos grupos, llame a NICHCY (1-800-695-0285).

Aún tengo muchas preguntas. ¿Cómo puedo informarme más sobre las leyes de educación especial y los servicios de intervención temprana?

Ver Parte IV para más información sobre una de las más importantes leyes de educación especial. También NICHCY tiene publicaciones en español sobre la ley y sobre cómo criar y cuidar a un niño con necesidades especiales. Estas son disponibles en nuestro sitio–www.nichcy.org–y por contactarnos.

Cuando se haya determinado que su niño es elegible para recibir servicios, Ud. probablemente tendrá más preguntas. Por ejemplo:

¿Cómo puedo revisar los servicios que está recibiendo mi niño?

¿Qué puedo hacer si no estoy satisfecho con las pruebas, el programa, o progreso de mi niño?

¿Qué pasará cuando mi niño esté demasiado grande para el programa?

¿Qué tal son los terapeutas privados y los colegios privados?

Para obtener las respuestas a éstas y otras preguntas, consulte a su coordinador de servicios, o póngase en contacto con algún grupo de apoyo o entrenamiento en su área, o llame a NICHCY.

Esperamos que esta información sea útil. Si necesita más ayuda o información de NICHCY, llámenos (gratis) al 1-800-695-0285, o escríbanos a la siguiente dirección:

NICHCY
P.O. Box 1492
Washington, DC 20013-1492
nichcy@aed.org Correo electrónico

Parte II: Servicios de Educación Especial

Para Niños Pre-escolares con Discapacidades (de 3 a 5 Años de Edad)

En seguida se encuentran las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre los programas de educación especial y servicios para los niños pre-escolares (de 3 a 5 años de edad) que tienen discapacidades.

Una ley federal garantiza ciertos derechos a los niños (desde el nacimiento hasta los 5 años de edad) con necesidades especiales. Esta ley constituye una enmienda a la Ley Pública (P.L.) 94-142, el Acta de 1975 para la Educación de los Niños con Impedimentos también conocida como el Acta para la Educación de los Impedidos (EHA). Esta ley se conoce hoy como el Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (“Individuals with Disabilities Education Act,” o IDEA).

¿Qué debo hacer si sospecho que mi niño de edad pre-escolar necesita servicios de educación especial?

Si Ud. cree que su niño necesita servicios de educación especial, tendrá que averiguar si él o ella es elegible para participar en un programa de educación especial. Hay personas que le pueden ayudar con ésto. Siga leyendo, y se le explicará cómo ponerse en contacto con ellas.

¿Qué son los programas de educación especial?

Los programas de educación especial son programas individualizados que las escuelas públicas ofrecen gratis a las familias de los niños con discapacidades.

Hoy, bajo IDEA, todas las escuelas deben ofrecer servicios de educación especial a los niños de 3 a 5 años de edad con discapacidades que sean elegibles para recibir tales servicios.

¿A quién debo contactar primero?

Para empezar, lo mejor es contactar la escuela pública de su comunidad. (En la mayoría de los casos, ésta sería la escuela en su barrio.) Llamar y preguntar por el Director o alguien que esté a cargo de la educación especial en la escuela.

También puede consultar el NICHCY Hoja de Recursos Estatales que acompaña esta publicación, bajo el título “State Department of Education” (Departamento de Educación Estatal). Llame al especialista en nombre y número de teléfono de la persona a cargo de estos programas en su área. Explique que Ud. desea informarse sobre los servicios de educación especial para su niño. Pida información sobre cómo solicitar una evaluación.

Apunte los nombres y números de teléfono de todas las personas con quien Ud. hable. Esta información le puede servir más adelante.

¿Qué es una evaluación?

Evaluación quiere decir los procedimientos utilizados para determinar si el niño tiene alguna discapacidad, y la naturaleza y extensión de educación especial y servicios relacionados o adicionales que necesitará el niño. Esta información puede provenir de:

  • Evaluaciones médicas;
  • Los resultados de los tests o pruebas del desarrollo suministrados al niño;
  • El historial médico de su niño;
  • Observaciones y comentarios de todos los miembros del equipo de evaluación, incluyendo a los padres; y
  • Cualquier otra observación importante, expedientes, y/o reportes sobre su niño.
¿Quién realiza la evaluación?

La evaluación de su niño se llevará a cabo por parte de un equipo multidisciplinario de profesionales. Todo depende de las reglas de su estado o distrito escolar. La persona que sirve como contacto local en la escuela de su comunidad puede explicarle la política para la evaluación de su niño.

¿Tendré que pagar por la evaluación o servicios?

 

Los servicios de educación especial para los niños de 3 a 5 años de edad se ofrecen sin costo alguno para los padres. La evaluación es considerada como parte de estos servicios y se provee gratis.

¿Hay grupos locales de padres de familia que me puedan dar más información sobre la educación especial?

Hay varios tipos de programas para padres, incluyendo los siguientes:

  • Grupos de apoyo (tales como de Padre-a-Padre) para las familias de niños con discapacidades;
  • Programas de entrenamiento e información para padres, que operan con fondos federales, tales como el centro en cada estado conocido como el PTI (“Parent Training and Information Center“); y
  • Grupos interesados en una discapacidad específica, tales como las Asociaciones Unidas para la Parálisis Cerebral (United Cerebral Palsy Associations, Inc., o UCPA) o la Asociación para Ciudadanos Retrasados de los Estados Unidos (The Arc).

Algunos de estos grupos se encuentran en el NICHCY Hoja de Recursos Estatales. También puede preguntarle a alguien de su distrito escolar o en la escuela pública de su comunidad.

Los grupos de padres de familia pueden ofrecer información y/o entrenamiento a las familias de los niños con discapacidades para ayudarles a participar en la educación de sus niños. A través de estos grupos, las familias llegan a conocer otras familias con necesidades similares para hablar sobre recursos locales, problemas diarios, y opiniones personales. Para más detalles sobre éstos y otros grupos de padres, póngase en contacto con NICHCY y pida el Guía para Padres: Acceso a los Grupos de Padres (PA10-Sp).

Todavía tengo muchas preguntas. ¿Cómo puedo informarme más acerca de los programas y servicios de educación especial?

Usted probablemente tendrá más preguntas una vez que se haya determinado que su niño es elegible para recibir servicios de educación especial. Por ejemplo:

  • ¿Cómo puedo revisar los servicios que mi niño está recibiendo?
  • ¿Qué puedo hacer si no estoy satisfecho con la evaluación, ubicación, programa o progreso de mi niño?
  • ¿Qué pasará cuando mi niño esté demasiado grande para el programa?
  • ¿Qué tal son los terapeutas privados y los colegios privados?

Para obtener las respuestas a éstas y otras preguntas, hable con el coordinador de educación especial o el director de su escuela, o póngase en contacto con un grupo de apoyo para padres en su área.

También puede escribir una carta dirigida a NICHCY y pedir información sobre las leyes de educación especial y los derechos de los padres de familia para obtener servicios escolares para los niños con discapacidades. Vea en particular nuestras publicaciones: Preguntas Comunes de los Padres sobre Educación Especial(LG1-SP); La Evaluación de su Niño (BP1-SP); Preguntas y Respuestas sobre IDEA (ND21-SP); y Servicios Relacionados (ND16-SP). También puede llamarnos (gratis) al 1-800-695-0285.

Parte III: Servicios para Familias Rurales, Indígenas, Adoptivas, y Militares

¿Qué servicios hay para las familias que viven en zonas remotas o rurales?

Las metas de los programas de intervención temprana o educación especial y servicios para niños pequeños con necesidades especiales son iguales tanto para las familias rurales como para las urbanas. Sin embargo, la forma en la cual estos servicios se ofrecen puede diferir. Dos grupos que pueden ofrecer información específica sobre los servicios para las familias rurales son:

The Rural Institute
52 Corbin Hall
The University of Montana
Missoula, MT 59812
(800) 732-0323
(406) 243-5467
rural@ruralinstitute.umt.edu Correo electrónico
https://ruralinstitute.umt.edu Internet

National Rural Education Association (NREA)
820 Van Vleet Oval, Room 227
University of Oklahoma
Norman, OK 73019
(405) 325-7959
bmooneyham@ou.edu Correo electrónico
www.nrea.net Internet

El “Rural Institute” y NREA son organizaciones nacionales cuyos fines son de mejorar los servicios para los niños con discapacidades que viven en zonas rurales.

¿Qué servicios hay para las familias indígenas que viven en las reservaciones?

La agencia primaria del estado es responsable de ver que los programas y servicios de intervención temprana sean provistos a los infantes y niños (hasta los dos años de edad) con necesidades especiales. La Agencia Estatal de Educación tiene la responsabilidad de asegurar la provisión de servicios a los niños de edad pre-escolar (de tres a cinco años) con necesidades especiales. Estos requisitos incluyen a los infantes y niños indígenas que viven en las reservaciones. La agencia primaria, la Agencia Estatal de Educación, o la oficina del líder de la tribu o el comité de educación tribal puede darle información sobre estos servicios. Las escuelas públicas locales o las escuelas de la Agencia de Relaciones Indígenas (Bureau of Indian Affairs) y las oficinas y clínicas del Servicio de Salud Indígena (Indian Health Service) también pueden ofrecer información.

Dos organizaciones de interés son:

Bureau of Indian Affairs (BIA)
Office of Indian Education Programs
1849 C Street NW, MS-3512 MIB
Washington, DC 20240
(202) 208-6123
Web: www.oiep.bia.edu Internet

National Indian Education Association
700 N. Fairfax Street, Suite 210
Alexandria, VA 22314
(703) 838-2870
niea@niea.org Correo electrónico
www.niea.org Internet

¿Qué tipo de información y grupos de apoyo hay para ayudar a las familias?

Hay varios tipos de grupos de apoyo para padres de familia:

  • Grupos de apoyo (tales como de Padre-a-Padre) para las familias de niños con discapacidades;
  • Programas de entrenamiento e información para padres (“Parent Training and Information Center“), que operan con fondos federales, incluyendo algunos que se especializan en servicios para las familias indígenas (tal como Native American Families Together Parent Center, con su página Web en: www.nativefamilynetwork.com; y
  • Grupos interesados en una discapacidad específica, tales como las Asociaciones Unidas para la Parálisis Cerebral (United Cerebral Palsy Associations, Inc., o UCPA) o la Asociación para Ciudadanos Retrasados de los Estados Unidos (The Arc).
¿Qué información adicional necesitan las familias de los niños adoptados con discapacidades sobre servicios de intervención temprana o servicios de educación especial?

En general, el proceso para adquirir servicios de intervención temprana o programas de educación especial y servicios para los niños adoptados con necesidades especiales es igual que para todos los niños con necesidades especiales.

La organización “National Adoption Information Clearinghouse” proporciona mucha información a las familias que han adoptado a un niño. Su dirección es:

National Adoption Information Clearinghouse
330 C Street SW
Washington, DC 20447
(888) 251-0075
(703) 352-3488
naic@calib.com Correo electrónico
https://naic.acf.hhs.gov Sitio de Internet

También hay Adoptive Families Magazine, una revista bimensual de apoyo para padres que incluye información y recursos para las familias de niños adoptados que tienen necesidades especiales. Información sobre subscripciones está disponible de:

Adoptive Families Magazine
42 West 38th Street, Suite 901
New York, NY 10018
(800) 372-3300
letters@adoptivefam.com Correo electrónico
www.adoptivefamilies.com Internet

Las familias que ofrecen su hogar temporalmente a los niños con discapacidades o que corren el riesgo de desarrollar discapacidades pueden ponerse en contacto con la organización “National Foster Parent Association, Inc.” (NFPA). Este grupo ofrece información y apoyo a todos los padres adoptivos temporales (foster parents). Los miembros del grupo reciben un boletín bimensual y pueden usar todos los recursos de NFPA. Para ponerse en contacto con la Oficina de Información/Servicios:

National Foster Parent Association
7512 Stanich Ave. #6
Gig Harbor, WA 98335
Telephone: 1-800-557-5238; (253) 853-4000
info@NFPAinc.org Correo electrónico
www.nfpainc.org Internet

¿Cómo puedo informarme sobre los programas y servicios para familias militares cuyos niños tienen necesidades especiales?

Puede ponerse en contacto con el proyecto conocido como “Specialized Training of Military Parents” (STOMP). Esta organización provee información y ayuda a las familias militares (en los Estados Unidos y en el extranjero) que tienen niños con necesidades especiales.

El personal de STOMP incluye a los padres de niños con necesidades especiales que han recibido entrenamiento para trabajar con otros padres de niños con necesidades especiales. Como esposos de miembros del ejército, el personal comprende las necesidades únicas de las familias militares.

Para ponerse en contacto con STOMP, llame o escriba a la siguiente dirección:

Specialized Training of Military Parents (STOMP)
6316 South 12th Street
Tacoma, WA 98465-1900
(800) 5-PARENT
(253) 565-2266
rfullerton@washingtonpave.com Correo electrónico
www.stompproject.org Internet

Otra manera de enterarse más sobre los servicios de intervención temprana y programas de educación especial para niños de familias militares a nivel estatal es de ponerse en contacto con el Centro de Servicios Familiares (también conocido como el Centro de Recursos Familiares) o a través de la persona designada como contacto en su comunidad.

Aunque la mayoría de los niños de familias militares atienden las escuelas públicas, algunos van a las ecuelas de la Sección VI. Bajo IDEA cada una de estas escuelas observa las reglas del estado para la planificación de sus programas. Si desea más información, llame o escríbale a la persona designada como contacto en la agencia estatal de educación de su estado. (Para conseguir el nombre de esta persona, véa el Hoja de Recursos Estatales de NICHCY.)

La Oficina de la Actividad Educacional del Departamento de Defensa (Department of Defense Education Activity) publica un manual para familias militares que tienen niños con necesidades especiales y que están recibiendo, o que son elegibles para recibir, una educación pública apropiada y gratis a través del Departamento de Defensa. Puede conseguirlo en el Internet (www.odedodea.edu/instruction/curriculum/sped/parentpage13.htm) o escriba a la siguiente oficina:

Department of Defense Education Activity
4040 North Fairfax Drive
Arlington, VA 22203-1635
(703) 696-4493
www.odedodea.edu
Para información sobre la educación especial: https://www.eu.odedodea.edu/ed/special.htm

Parte IV: Información sobre IDEA

Durante los últimos 25 años, el Congreso ha adoptado ciertas leyes que instruyen a los estados sobre cómo proveer educación para los niños y jóvenes con discapacidades. La Ley Pública 94-142, el Acta de 1975 para la Educación de los Niños con Impedimentos, fue pasada por el Congreso y establecida como ley por parte del Presidente Ford. Esta ley es bien conocida; requiere que los estados provean educación para los niños con discapacidades. La ley ha sido enmendada varias veces.

En 1986, la ley fue enmendada a través de la Ley Pública 99-457 a fin de disminuir la edad desde la cual los niños pueden comenzar a recibir servicios especiales. También se estableció el Programa para Infantes y Niños con Discapacidades, para los niños que necesitan ayuda desde el nacimiento hasta los tres años de edad. Las enmiendas de 1990 y 1991 también resultaron en otros cambios, entre los cuales se incluyó un cambio en el nombre de la ley. Ahora la ley se llama IDEA, el Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (“Individuals with Disabilities Education Act,” o IDEA).

Información Para los Niños con Discapacidades de 3-21 Años de Edad

IDEA requiere que todos los estados y territorios provean una educación pública a los niños con discapacidades de 3 a 21 años de edad, no importa cuán severa sea su discapacidad.

Esta ley provee varios derechos básicos a los niños con discapacidades (de 3 a 21 años de edad) y sus padres:

  • El derecho a “una educación pública apropiada y gratis” pagada por el público (en algunos casos, ésto puede significar colocar al niño en una escuela privada);
  • El derecho a una ubicación de acuerdo a la evaluación de las necesidades especiales del niño;
  • El derecho de todos los niños con discapacidades de recibir un programa de enseñanza o instrucción diseñado para satisfacer sus necesidades; estas necesidades deben ser escritas claramente e incluidas en el Programa Educativo Individualizado (“Individualized Education Program,” o IEP) de cada niño, con detalles sobre los servicios que recibirá el niño;
  • El derecho a una variedad de servicios educacionales que pueden incluir servicios relacionados (“related services”) tales como asesoramiento, transportación, patología del habla/lenguaje, o terapia física u ocupacional;
  • El derecho de los padres (o tutores) a ser incluidos en la formulación de decisiones sobre las necesidades educacionales de su niño y de aprobar los planes educacionales de éste; y
  • El derecho de los padres (o tutores) de apelar cualquier decisión sobre la identificación, evaluación, y ubicación del niño a través del proceso legal debido (“due process procedure”).

Finalmente, IDEA requiere que los niños con discapacidades sean educados en el “Ambiente Menos Restrictivo” (LRE) es decir, en un lugar o sitio con niños que no tienen discapacidades, con ayuda especial para los que la necesiten.

Información Sobre Programas para Niños Muy Pequeños

Bajo IDEA, los servicios de intervención temprana deben estar disponibles a los infantes y niños con discapacidades, hasta los dos años de edad. Los servicios no son iguales en todas las áreas. Para averiguar qué hay disponible en su área, lláme al especialista en intervención temprana del sistema escolar o busque bajo “Programs for Infants and Toddlers with Disabilities: Ages Birth Through 2” (Programas para Infantes y Niños con Discapacidades: Desde Nacimiento Hasta los 2 Años) en la Hoja de Recursos Estatales de NICHCY. Ud. puede llamar a NICHCY al 1-800-695-0285 y pedir ayuda.

El Congreso ha hecho disponibles fondos para ayudar a los estados y territorios a planificar un sistema de servicios comprensivos para proveer los siguientes servicios:

  • Servicios de intervención temprana para los infantes y niños (hasta los dos años de edad con discapacidades. Si el estado lo desea, también puede proveer servicios a los infantes y niños menores de 2 años que corren el riesgo de desarrollar discapacidades; y
  • Programas de educación especial y servicios relacionados para los niños de edad pre-escolar (de 3 a 5 años de edad) que tienen discapacidades.

Los servicios para los niños de 3 años y mayores son provistos por el departamento de educación estatal. Los programas para los niños menores de 3 años son provistos por diferentes agencias en los diferentes estados. A veces el departamento de educación está a cargo de todos estos programas; en otros estados pueden caer bajo el departamento de salud u otra agencia.

El término “infantes y niños con discapacidades” en la ley se refiere a los niños (hasta los 2 años de edad) que necesitan servicios de intervención temprana en cualquiera de las siguientes áreas:

  • Desarrollo físico,
  • Cognición,
  • Comunicación,
  • Desarrollo socio-emocional, y/o
  • Conducta adaptativa.

Los servicios de intervención temprana deben ser provistos por personas calificadas para trabajar con infantes y niños con discapacidades o que corren el riesgo de desarrollar discapacidades. Todo servicio provisto debe ser incluido en el Plan de Servicios Familiares Individualizado (“Individualized Family Service Plan,” o IFSP), el cual se revisa cada 6 meses.

Para mayor información sobre las leyes que afectan a los niños con discapacidades y sus familias, llame a NICHCY al 1-800-695-0285.

Materiales en Español

Anderson, W. Chitwood, S., & Hayden, D. (1999). Guiándose por la intrincada senda de la educación especial. Bethesda, MD: Woodbine House. (Teléfono: 1-800-843-7232.)

Publicaciones de NICHCY:

Preguntas comunes de los padres sobre los servicios de educación especial(LG1-SP)

Preguntas y respuestas sobre IDEA(ND21-SP)

Cómo criar un niño con necesidades especiales (ND20-SP)

Guía para padres: Acceso a los grupos de padres (PA10-SP)

Servicios relacionados (ND16-SP)

Apoyo padre a padre (BP2-SP)

Diccionario de Términos

Las siguientes definiciones han sido traducidas de definiciones en inglés, las cuales han sido compiladas de una variedad de recursos. El contenido de este diccionario no representa necesariamente las definiciones aprobadas por el Departamento de Educación de los Estados Unidos.

agencia primaria–la agencia (oficina) dentro del estado o territorio que está a cargo de supervisar y coordinar el sistema de servicios para los niños desde el nacimiento hasta los dos años

agencia privada–una agencia no pública que puede estar recibiendo fondos del sector público para algunos niños

agencia pública–una agencia, oficina, u organización que es apoyada mediante fondos públicos y presta servicios a la comunidad entera

Ambiente Menos Restrictivo (LRE) –un programa o ambiente educacional con niños sin discapacidades en la medida que sea posible

apelar— el hecho de pedir un cambio en una decisión;

apelación–un pedido por escrito para algún cambio en una decisión

apropiado–poder satisfacer una necesidad; adecuado; en términos de educación especial, generalmente significa la circunstancia más normal posible

asesoramiento–consejos o ayuda por parte de una persona calificada para dar consejos o brindar esa ayuda (usualmente consiste en servicios psicológicos)

Child Find–un servicio dirigido por el Departamento de Educación o la agencia primaria de cada estado para la identificación y diagnóstico de los niños con discapacidades que aún no reciben los servicios. Aunque Child Find trata de identificar a todos los niños que no reciben tratamiento, hace un esfuerzo especial para identificar a los niños desde el nacimiento hasta los seis años

cognición–un término que decribe el proceso mental que las personas usan para recordar, razonar, comprender, y descernir; en términos de la educación especial, una discapacidad cognitiva se refiere a la dificultad en el aprendizaje

conducta adaptativa–el desarrollo del niño en comparación con los otros niños de la misma edad. Esto puede incluir la habilidad de vestirse, comer, ir al baño, la manera de jugar con los otros niños, cómo juega sólo, comprensión del peligro de cruzar la calle, la manera en la cual el niño se comporta si su madre sale de la pieza, etc.

coordinador de educación especial–es la persona que está a cargo de los programas de educación especial en la escuela, distrito, o a nivel estatal

coordinador de servicios–una persona que ordena servicios para infantes y niños menores de 2 años, trabajando en conjunto con la familia y administradores de programas especiales; los coordinadores de servicios pueden ser empleados por la agencia de intervención temprana

defensor–una persona que trabaja para ayudar a otra persona (“defensor educacional”); también, tomar alguna acción por parte de otra persona

desarrollo–concerniente a las fases o etapas del crecimiento y desarrollo antes de los 18 años de edad

desarrollo socio-emocional– el desarrollo psicológico de una persona en relación a su ambiente social

discapacidad–el resultado de cualquier condición física o mental que afecte o impida la habilidad para desarrollarse, lograr y/o funcionar en un ambiente educacional de acuerdo al ritmo normal

educación especial–ver programas y servicios de educación especial

educación pública apropiada y gratis (en inglés se conoce como FAPE) –uno de los principales requisitos de IDEA, el cual requiere que todos los niños de edad escolar reciban un programa educativo (no obstante su discapacidad) sin gasto alguno de las familias; los requisitos exactos del término “apropiado” no se han definido, aunque ciertas referencias dentro de la ley sugieren que ésto debe realizarse dentro del ambiente más “normal” posible

elegible–que cumple con los requisitos necesarios para recibir servicios

enmienda–un cambio, revisión, o un agregado a la ley

equipo multidisciplinario–un grupo de personas con entrenamientos diferentes que observa y evalúa el niño para determinar sus potencialidades y debilidades; especialistas de más de una disciplina, como, por ejemplo, un equipo compuesto de los padres y especialistas en terapia física, patología del habla y lenguaje, desarrollo infantil, terapia ocupacional u otras especialidades

especialista infantil–una persona que se especializa en el desarrollo infantil; usualmente tiene un grado de Maestria o Doctorado en el campo relacionado con el desarrollo de infantes y niños pre-escolares

evaluación (evaluation)–(en referencia a los niños menores de 2 años) son los procedimientos usados para determinar si el niño es elegible para recibir servicios de intervención temprana; (en referencia a los niños de edad pre-escolar y escolar) son los procedimientos usados para determinar si el niño tiene alguna discapacidad y cuáles son los servicios de educación especial y servicios relacionados que pueda necesitar el niño

historial del desarrollo–el progreso del desarrollo del niño (desde el nacimiento hasta los 18 años de edad) en destrezas tales como caminar, sentarse, hablar o aprender

identificación–el proceso de localizar e identificar a los niños que necesitan servicios especiales

IEP–ver Programa Educativo Individualizado

IFSP–ver Plan de Servicios Familiares Individualizado

impedimento–ver discapacidad

intervención temprana–programas o servicios diseñados para identificar y tratar un problema en el desarrollo cuanto antes posible, antes de los 3 años de edad (los servicios para las edades de 3-5 son conocidos como servicios pre-escolares)

Ley Pública (P.L.) 94-142–ley adoptada en 1975, la cual requiere que todas las escuelas públicas provean una “educación pública apropiada y gratis” para los niños de edad escolar de 3 a 21 años de edad (las edades exactas dependen del mandato de su estado), no importa cuál sea la discapacidad; también se conoce como el Acta de 1975 para la Educación de los Niños con Impedimentos o el Acta para la Educación de los Impedidos (EHA); con las recientes enmiendas ahora se llama el Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (IDEA)

Ley Pública (P.L.) 102-119–Adoptada en 1991, ésta es una enmienda al Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (IDEA), la cual requiere que los estados y territorios provean una “educación pública apropiaday gratis” a todos los niños de 3 a 21 años de edad; y provee fondos para que los estados y territorios puedan planificar e implementar un sistema de servicios comprensivos para los infantes y niños menores de 2 años de edad con discapacidades

necesidades especiales (en referencia al niño con “necesidades especiales”)–término para describir al niño con discapacidades o que está bajo riesgo de desarrollar una discapacidad, y que, por lo tanto, requiere servicios especiales o tratamiento para poder progresar

patología del habla/lenguaje–un programa planificado para mejorar y/o corregir los problemas de la comunicación

Plan de Servicios Familiares Individualizado (IFSP)–una declaración o formulación escrita para un infante (desde el nacimiento hasta los 2 años) diseñada por un equipo de personas que ha trabajado con el niño y la familia; el IFSP (en inglés, “Individualized Family Service Plan”) debe describir el nivel de desarrollo del niño; información sobre la familia; las metas principales y resultados que se esperan; los servicios que recibirá el niño; cuándo y dónde recibirá estos servicios; y los pasos que se deben tomar para apoyar la transición del niño a otro programa; el IFSP debe indicar además el nombre del coordinador asignado al niño y su familia

política/políticas–reglas y regulaciones; en relación a los programas de intervención temprana y educación especial, las reglas del estado o sistema escolar para la provisión de servicios y educación de estudiantes con necesidades especiales

políticas de intervención temprana–ver política/políticas

proceso legal debido (“due process”)–acción que protege los derechos de una persona; en educación especial ésto se refiere a una acción para proteger los derechos educativos de los alumnos con discapacidades

programa(s)–en la educación especial, un servicio, ubicación, o terapia diseñada para ayudar a un niño con necesidades especiales

Programa Educativo Individualizado— (en inglés se dice “Individualized Education Program,” o IEP) un programa escrito de educación para un niño de edad pre-escolar o de edad escolar con discapacidades, el cual ha sido desarrollado por un equipo de profesionales (maestros, terapistas, etc.) y los padres del niño; éste se revisa cada año y describe cómo está progresando el niño, cuáles son sus necesidades, y cuáles servicios necesitará el niño. (Para los niños menores de 2 años, se utiliza el Plan de Servicios Familiares Individualizado.)

programas de entrenamiento e información para padres–(en inglés se dice “Parent Training and Information Center,” o PTI) programas que proveen información a los padres de los niños con necesidades especiales sobre cómo adquirir servicios, cómo trabajar con las ecuelas y profesores para asegurar la ubicación educacional más efectiva para su niño, cuáles son los métodos de evaluación de un niño con necesidades especiales, y cómo tomar decisiones sobre las necesidades especiales del niño

programas/servicios de educación especial–programas, servicios, o instrucción (gratis) diseñados especialmente para los niños mayores de 3 años con necesidades especiales que son elegibles para recibir tales servicios; ésto incluye métodos y materiales especiales de aprendizaje en salones de clases regulares y salones de clases especiales, si los problemas físicos o del aprendizaje indican este tipo de programa

prueba (y análisis)–(en inglés se dice “assessment”) la colección de información sobre las necesidades del niño; las cuales pueden incluir evaluaciones sociales, psicológicas y educacionales utilizadas para determinar los servicios; un proceso que utiliza la observación, pruebas, y análisis de pruebas para determinar las potencialidades y debilidades del individuo para planificar sus servicios educacionales

pruebas o “tests” del desarrollo–pruebas para medir el desarrollo del niño en comparación con el desarrollo de los otros niños de la misma edad

psicólogo–un especialista en el campo de psicología; éste generalmente tiene una Maestría o Doctorado en psicología

riesgo–un término utilizado para los niños que tienen, o pueden tener, problemas con su desarrollo; los cuales pueden afectar el aprendizaje posterior

servicios/servicios prestados–los servicios (terapias, instrucción, tratamiento) ofrecidos a un niño con necesidades especiales

servicios relacionados–servicios de transporte o servicios correctivos, del desarrollo o de apoyo requeridos por un niño con discapacidades para beneficiarse de la educación especial; como por ejemplo: patología del habla y lenguaje, audiología, servicios psicológicos, terapia física y ocupacional, recreación, servicios de asesoramiento, intérpretes para los sordos, servicios médicos para diagnóstico y evaluación, y servicios y aparatos de tecnología auxiliar

sistema de servicios comprensivos–se refiere a una lista de 14 áreas que debe proveer cada estado que participa bajo el Programa de Intervención Temprana para Infantes y Niños Menores de Dos Años con Discapacidades. Estos 14 puntos varían desde la definición de los retrasos en el desarrollo, hasta los lineamientos para la identificación, evaluación, y provisión de servicios de intervención temprana para el niño y su familia

terapia física–tratamiento de discapacidades (físicas) por parte de un fisioterapeuta (bajo las indicaciones del doctor) que incluye el uso de masajes, ejercicios, etc. para mejorar el uso de los huesos, músculos, articulaciones, y nervios de una persona

terapia ocupacional–terapia o tratamiento provisto por un terapeuta ocupacional que ayuda el desarrollo individual de destrezas físicas que ayudarán en el diario vivir; con un enfoque basado en la integración sensorial, coordinación de movimientos, destrezas motrices finas y auto-ayuda, como, por ejemplo, el vestirse sólo, comer con un tenedor o cuchara, etc.

terapeuta privado–cualquier profesional (terapeuta, tutor, psicólogo, etc.) no conectado con el sistema escolar público ni con ninguna agencia pública

ubicación–el salón de clases, programa, terapia, o servicio que ha sido seleccionado para un alumno con necesidades especiales


Esta información no tiene derechos de publicación. Se pueden hacer copias de este documento y compartirlo con otras personas. Por favor dé el crédito de publicación al National Dissemination Center for Children with Disabilities (NICHCY).

Esta es una publicación de NICHCY. Copias individuales de ésta y otras publicaciones son proporcionadas en forma gratuita. También NICHCY distribuye otros materiales y puede responder a preguntas individuales. Para mayor información o asistencia, o para recibir un Catálogo de Publicaciones de NICHCY, póngase en contacto con: NICHCY, P.O. Box 1492, Washington, DC 20013-1492, o llame al 1-800-695-0285 (Voz/TTY, linea gratuita). Puede también enviarnos correspondencia a través de correo electrónico (nichcy@aed.org) o puede visitar nuestro sitio de Internet (www.nichcy.org).

Directora: Suzanne Ripley
Directora Adjunta: Donna Waghorn
Editora: Lisa Küpper
Traductora: Bernardita McCormick

NICHCY ofrece su agradecimiento a nuestro Oficial del Proyecto, Dr. Peggy Cvach, de la Oficina de Programas de Educación Especial, Departamento de Educación de los Estados Unidos.

Este documento fue desarrollado por la Academia para el Desarrollo Educacional (Academy for Educational Development) a través de un Acuerdo Cooperativo con la Oficina de Programas de Educación Especial, Departamento de Educación de los Estados Unidos. El contenido de este documento no refleja necesariamente los puntos de vista ni políticas del Departamento de Educación, y el hecho de mencionar productos comerciales u organizaciones no implica la aprobación del Departamento de Educación.

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Programas para Infantes y Niños Pre-escolares con Discapacidades

Una publicación de NICHCY

En Esta Publicación:

Introducción
Parte I
Parte II
Parte III
Parte IV
Diccionario de Términos


Guía para Padres 2 (PA2-Sp)
agosto de 1993
Recursos actualizados, octubre de 2003
Aprox. 19 páginas al ser impresa.

Introducción

Esta Guía para Padres ha sido preparada para las familias con niños que tengan necesidades especiales (desde su nacimiento hasta los 5 años de edad) a fin de brindarles información sobre cómo adquirir ayuda para sus niños.

Esta publicación tiene como objeto contestar las preguntas comunes sobre los servicios de intervención temprana para los niños menores de 2 años de edad y servicios de educación especial y servicios relacionados para los niños de 3 a 5 años de edad.

Las reglas y guías para la educación especial en los Estados Unidos y sus territorios están comprendidas en la ley federal conocida como El Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (“Individuals with Disabilities Education Act,” o IDEA), anteriormente conocida como El Acta para la Educación de los Impedidos (EHA). Cada estado o territorio desarrolla su propia política para llevar a cabo el Acta. (Para mayor información véa la Parte IV, Informacion Sobre IDEA.)

Usted debe averiguar cuáles son las políticas para intervención temprana o educación especial en su estado y área. La lista de agencias que acompaña esta guía le ayudará a ponerse en contacto con las agencias apropiadas en su estado. (Véa la hoja titulada NICHCY Hoja de Recursos Estatales, que es una lista de recursos estatales.)

La frase “niños con necesidades especiales” ha sido usada a través de este documento en referencia a los niños que tienen discapacidades o que corren el riesgo de desarrollar una discapacidad.

Esta publicación contiene muchas palabras usadas comunmente en educación especial. Las definiciones de estas palabras se encuentran en el Diccionario al fin de este documento.

El Uso del Término “Discapacidad”

El término “discapacidad” fue aceptado por la Real Academia Española de la Lengua hace diez años y aparece en el diccionario de la lengua española de ésta. En reconocimiento del gran poder del lenguaje para influir y crear impresiones, NICHCY utiliza el término “discapacidad” en todas sus publicaciones.

Otras términos quizás más comunes–como, por ejemplo, “incapacidad,” “minusválido,” e “inválido”–pueden dar a entender que las personas con discapacidades son personas “sin habilidad,” de “menor valor,” o “sin valor.”

En comparación, discapacidad quiere decir una falta de habilidad en algun ramo específico. El uso del término reconoce que todos los individuos con discapacidades tienen mucho que contribuir a nuestra sociedad y al mismo tiempo está de acuerdo con cambios similares en el lenguaje de la ley estadounidense.

Parte I. Servicios de Intervención Temprana

Para Infantes y Niños Desde el Nacimiento Hasta los 2 Años de Edad

La ley federal conocida como Ley Pública (P.L.) 102-119 garantiza ciertos derechos a los niños (desde el nacimiento hasta los 5 años de edad) con necesidades especiales. Esta ley es una enmienda al Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (“Individuals with Disabilities Education Act,” o IDEA). (Para mayor información sobre esta ley, véa Parte IV.)

¿Qué debo hacer si sospecho que mi niño tiene necesidades especiales?

Primero, Ud. debe averiguar si su infante es elegible para recibir servicios de intervención temprana. Hay mucha gente que le puede ayudar con ésto. En las siguientes páginas encontrará información sobre cómo obtener la ayuda que Ud. necesita.

¿Qué son los servicios de intervención temprana?

Son servicios para infantes y niños, designados a identificar y tratar cualquier problema o retraso lo antes posible. Los servicios de intervención temprana se ofrecen a través de una agencia pública o privada y se prestan en diferentes lugares, ya sea en el hogar, en una clínica, en un centro de cuidado infantil cercano, en el hospital, o en el departamento de salúd local.

Los servicios de intervención temprana pueden variar desde una simple prescripción de lentes para un niño de 2 años, hasta el desarrollo de un programa completo de terapia física para un infante con parálisis cerebral.

¿A quién contacto primero para recibir ayuda?

Cada estado decide cuál de sus agencias será la agencia primaria a cargo de los servicios de intervención temprana para los infantes y niños con necesidades especiales. Es posible que la persona que se contacte primero sea un especialista infantil, alguien que trabaja con la agencia primaria, o alguien de la Oficina de “Child Find” de su estado. Para averiguar quién le puede ayudar, llame a la persona cuyo nombre aparece en el NICHCY Hoja de Recursos Estatales bajo “Programs for Infants and Toddlers with Disabilities” o póngase en contacto con NICHCY, 1-800-695-0285, y pida hablar con alguien que hable español.

Importante. Apunte los nombres y números de teléfono de todas las personas con quien hable. Esta información le puede ser útil más adelante.

¿Qué le digo a la persona que sirve como contacto local?

Explique que Ud. cree que su niño posiblemente necesite servicios de intervención temprana y haga una cita para que se le hagan pruebas (y análisis) y una evaluación. Anote toda la información que le den.

¿Qué son pruebas y evaluación?

Evaluación se refiere a los procedimientos utilizados para determinar si el niño es elegible para recibir servicios de intervención temprana. Pruebas (y análisis) se refiere al proceso de juntar y utilizar información sobre el desarrollo del niño y determinar qué clase de ayuda puede necesitar.

Esta información puede originarse de:

Informes médicos;

Resultados de los tests o pruebas del desarrollo suministradas al niño;

El historial médico de su niño;

Observaciones y comentarios de todos los miembros del equipo multidisciplinario, incluyendo a los padres; y

Cualquier otra observación importante, expedientes, o los informes sobre su niño.

¿Quién realiza la evaluación y pruebas?

Depende de las reglas de su estado. Pregúntele a la persona que sirve como contacto local. Un equipo de profesionales examinará a su niño. Este generalmente incluye a un psicólogo, un especialista infantil, y especialistas en terapia física o terapia ocupacional.

¿Quién paga la evaluación y pruebas?

Bajo IDEA, toda evaluación y prueba se efectua sin costo alguno de las familias. La persona que sirve como contacto local le puede ayudar a informarse sobre las reglas locales.

En el caso de que mi niño sea elegible para recibir servicios especiales, ¿tendré que pagar por éstos?

Generalmente, los servicios se proveen sin ningún gasto por parte de la familia. Es posible que Ud. tenga que pagar algunos servicios, dependiendo de las políticas de su estado. Pregúntele al contacto local de su estado. Es posible que algunos servicios puedan estar cubiertos bajo su póliza de seguro de salud, por Medicaid, o el Departamento de Servicios de Salud Indígena.

¿Qué hace el coordinador de servicios?

Cuando se haya determinado las necesidades del niño y éste sea elegible para recibir servicios, un coordinador de servicios será asignado a la familia. Esta persona debe ser especialista en el desarrollo infantil y los métodos para ayudar a los niños con atrasos en su desarrollo. El coordinador de servicios debe conocer los servicios y las políticas de los programas de intervención temprana de su estado. Esta persona le puede ayudar a localizar otros servicios en su comunidad, tales como recreación, cuidado infantil, o grupos de apoyo para la familia. El coordinador de servicios trabajará con su familia mientras el niño esté recibiendo servicios. Después de que el niño cumpla 2 años de edad, el coordinador de servicios le ayudará a integrarse a los programas para niños de 3 a 5 años de edad.

¿Qué es un IFSP?

La familia y el coordinador de servicios trabajarán con otros profesionales para desarrollar un Plan de Servicios Familiares Individualizado (“Individualized Family Service Plan,” o IFSP). La base del IFSP es que la familia representa el mayor recurso del niño, y que las necesidades del infante están ligadas a las necesidades de su familia. La mejor forma de apoyar a los niños y responder a sus necesidades es apoyar y desarrollar los aspectos positivos de la familia. Entonces el IFSP es un plan para toda la familia, y los padres constituyen la parte más importante del equipo. La participación de otros miembros del equipo dependerá de las necesidades del infante. Estos otros miembros del equipo pueden provenir de otras agencias, tales como personal médico, terapeutas, especialistas en el desarrollo infantil, y trabajadores sociales, entre otros.

Cada estado ha desarrollado ciertas pautas para el IFSP. Su coordinador de servicios puede explicar cuáles son éstas.

¿Existe algún grupo local de padres de familia que me pueda informar sobre los servicios de intervención temprana?

Hay varios grupos de padres de familia, incluyendo:

Grupos de apoyo (tales como de Padre-a-Padre) para las familias de niños con discapacidades;

Programas de entrenamiento e información para padres, que operan con fondos federales, tales como el centro en cada estado conocido como el PTI (“Parent Training and Information Center“); y

Grupos interesados en una discapacidad específica, tales como las Asociaciones Unidas para la Parálisis Cerebral (United Cerebral Palsy Associations, Inc., o UCPA) o la Asociación para Ciudadanos Retrasados de los Estados Unidos (The Arc).

Algunos de estos grupos aparecen en el Hoja de Recursos Estatales.

Los grupos de padres pueden ofrecer información, apoyo, o entrenamiento para las familias de los niños con discapacidades con el fin de que los padres lleven a cabo un importante papel en ayudar a sus niños. A través de estos grupos, las familias llegan a conocer otras familias con necesidades similares para discutir fuentes de ayuda e información, problemas diarios, e ideas personales.

Su coordinador de servicios o alguien de su escuela local podría ayudarle a ponerse en contacto con grupos locales. Para obtener mayores detalles sobre estos grupos, llame a NICHCY (1-800-695-0285).

Aún tengo muchas preguntas. ¿Cómo puedo informarme más sobre las leyes de educación especial y los servicios de intervención temprana?

Ver Parte IV para más información sobre una de las más importantes leyes de educación especial. También NICHCY tiene publicaciones en español sobre la ley y sobre cómo criar y cuidar a un niño con necesidades especiales. Estas son disponibles en nuestro sitio–www.nichcy.org–y por contactarnos.

Cuando se haya determinado que su niño es elegible para recibir servicios, Ud. probablemente tendrá más preguntas. Por ejemplo:

¿Cómo puedo revisar los servicios que está recibiendo mi niño?

¿Qué puedo hacer si no estoy satisfecho con las pruebas, el programa, o progreso de mi niño?

¿Qué pasará cuando mi niño esté demasiado grande para el programa?

¿Qué tal son los terapeutas privados y los colegios privados?

Para obtener las respuestas a éstas y otras preguntas, consulte a su coordinador de servicios, o póngase en contacto con algún grupo de apoyo o entrenamiento en su área, o llame a NICHCY.

Esperamos que esta información sea útil. Si necesita más ayuda o información de NICHCY, llámenos (gratis) al 1-800-695-0285, o escríbanos a la siguiente dirección:

NICHCY
P.O. Box 1492
Washington, DC 20013-1492
nichcy@aed.org Correo electrónico

Parte II: Servicios de Educación Especial

Para Niños Pre-escolares con Discapacidades (de 3 a 5 Años de Edad)

En seguida se encuentran las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre los programas de educación especial y servicios para los niños pre-escolares (de 3 a 5 años de edad) que tienen discapacidades.

Una ley federal garantiza ciertos derechos a los niños (desde el nacimiento hasta los 5 años de edad) con necesidades especiales. Esta ley constituye una enmienda a la Ley Pública (P.L.) 94-142, el Acta de 1975 para la Educación de los Niños con Impedimentos también conocida como el Acta para la Educación de los Impedidos (EHA). Esta ley se conoce hoy como el Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (“Individuals with Disabilities Education Act,” o IDEA).

¿Qué debo hacer si sospecho que mi niño de edad pre-escolar necesita servicios de educación especial?

Si Ud. cree que su niño necesita servicios de educación especial, tendrá que averiguar si él o ella es elegible para participar en un programa de educación especial. Hay personas que le pueden ayudar con ésto. Siga leyendo, y se le explicará cómo ponerse en contacto con ellas.

¿Qué son los programas de educación especial?

Los programas de educación especial son programas individualizados que las escuelas públicas ofrecen gratis a las familias de los niños con discapacidades.

Hoy, bajo IDEA, todas las escuelas deben ofrecer servicios de educación especial a los niños de 3 a 5 años de edad con discapacidades que sean elegibles para recibir tales servicios.

¿A quién debo contactar primero?

Para empezar, lo mejor es contactar la escuela pública de su comunidad. (En la mayoría de los casos, ésta sería la escuela en su barrio.) Llamar y preguntar por el Director o alguien que esté a cargo de la educación especial en la escuela.

También puede consultar el NICHCY Hoja de Recursos Estatales que acompaña esta publicación, bajo el título “State Department of Education” (Departamento de Educación Estatal). Llame al especialista en nombre y número de teléfono de la persona a cargo de estos programas en su área. Explique que Ud. desea informarse sobre los servicios de educación especial para su niño. Pida información sobre cómo solicitar una evaluación.

Apunte los nombres y números de teléfono de todas las personas con quien Ud. hable. Esta información le puede servir más adelante.

¿Qué es una evaluación?

Evaluación quiere decir los procedimientos utilizados para determinar si el niño tiene alguna discapacidad, y la naturaleza y extensión de educación especial y servicios relacionados o adicionales que necesitará el niño. Esta información puede provenir de:

  • Evaluaciones médicas;
  • Los resultados de los tests o pruebas del desarrollo suministrados al niño;
  • El historial médico de su niño;
  • Observaciones y comentarios de todos los miembros del equipo de evaluación, incluyendo a los padres; y
  • Cualquier otra observación importante, expedientes, y/o reportes sobre su niño.
¿Quién realiza la evaluación?

La evaluación de su niño se llevará a cabo por parte de un equipo multidisciplinario de profesionales. Todo depende de las reglas de su estado o distrito escolar. La persona que sirve como contacto local en la escuela de su comunidad puede explicarle la política para la evaluación de su niño.

¿Tendré que pagar por la evaluación o servicios?

 

Los servicios de educación especial para los niños de 3 a 5 años de edad se ofrecen sin costo alguno para los padres. La evaluación es considerada como parte de estos servicios y se provee gratis.

¿Hay grupos locales de padres de familia que me puedan dar más información sobre la educación especial?

Hay varios tipos de programas para padres, incluyendo los siguientes:

  • Grupos de apoyo (tales como de Padre-a-Padre) para las familias de niños con discapacidades;
  • Programas de entrenamiento e información para padres, que operan con fondos federales, tales como el centro en cada estado conocido como el PTI (“Parent Training and Information Center“); y
  • Grupos interesados en una discapacidad específica, tales como las Asociaciones Unidas para la Parálisis Cerebral (United Cerebral Palsy Associations, Inc., o UCPA) o la Asociación para Ciudadanos Retrasados de los Estados Unidos (The Arc).

Algunos de estos grupos se encuentran en el NICHCY Hoja de Recursos Estatales. También puede preguntarle a alguien de su distrito escolar o en la escuela pública de su comunidad.

Los grupos de padres de familia pueden ofrecer información y/o entrenamiento a las familias de los niños con discapacidades para ayudarles a participar en la educación de sus niños. A través de estos grupos, las familias llegan a conocer otras familias con necesidades similares para hablar sobre recursos locales, problemas diarios, y opiniones personales. Para más detalles sobre éstos y otros grupos de padres, póngase en contacto con NICHCY y pida el Guía para Padres: Acceso a los Grupos de Padres (PA10-Sp).

Todavía tengo muchas preguntas. ¿Cómo puedo informarme más acerca de los programas y servicios de educación especial?

Usted probablemente tendrá más preguntas una vez que se haya determinado que su niño es elegible para recibir servicios de educación especial. Por ejemplo:

  • ¿Cómo puedo revisar los servicios que mi niño está recibiendo?
  • ¿Qué puedo hacer si no estoy satisfecho con la evaluación, ubicación, programa o progreso de mi niño?
  • ¿Qué pasará cuando mi niño esté demasiado grande para el programa?
  • ¿Qué tal son los terapeutas privados y los colegios privados?

Para obtener las respuestas a éstas y otras preguntas, hable con el coordinador de educación especial o el director de su escuela, o póngase en contacto con un grupo de apoyo para padres en su área.

También puede escribir una carta dirigida a NICHCY y pedir información sobre las leyes de educación especial y los derechos de los padres de familia para obtener servicios escolares para los niños con discapacidades. Vea en particular nuestras publicaciones: Preguntas Comunes de los Padres sobre Educación Especial(LG1-SP); La Evaluación de su Niño (BP1-SP); Preguntas y Respuestas sobre IDEA (ND21-SP); y Servicios Relacionados (ND16-SP). También puede llamarnos (gratis) al 1-800-695-0285.

Parte III: Servicios para Familias Rurales, Indígenas, Adoptivas, y Militares

¿Qué servicios hay para las familias que viven en zonas remotas o rurales?

Las metas de los programas de intervención temprana o educación especial y servicios para niños pequeños con necesidades especiales son iguales tanto para las familias rurales como para las urbanas. Sin embargo, la forma en la cual estos servicios se ofrecen puede diferir. Dos grupos que pueden ofrecer información específica sobre los servicios para las familias rurales son:

The Rural Institute
52 Corbin Hall
The University of Montana
Missoula, MT 59812
(800) 732-0323
(406) 243-5467
rural@ruralinstitute.umt.edu Correo electrónico
https://ruralinstitute.umt.edu Internet

National Rural Education Association (NREA)
820 Van Vleet Oval, Room 227
University of Oklahoma
Norman, OK 73019
(405) 325-7959
bmooneyham@ou.edu Correo electrónico
www.nrea.net Internet

El “Rural Institute” y NREA son organizaciones nacionales cuyos fines son de mejorar los servicios para los niños con discapacidades que viven en zonas rurales.

¿Qué servicios hay para las familias indígenas que viven en las reservaciones?

La agencia primaria del estado es responsable de ver que los programas y servicios de intervención temprana sean provistos a los infantes y niños (hasta los dos años de edad) con necesidades especiales. La Agencia Estatal de Educación tiene la responsabilidad de asegurar la provisión de servicios a los niños de edad pre-escolar (de tres a cinco años) con necesidades especiales. Estos requisitos incluyen a los infantes y niños indígenas que viven en las reservaciones. La agencia primaria, la Agencia Estatal de Educación, o la oficina del líder de la tribu o el comité de educación tribal puede darle información sobre estos servicios. Las escuelas públicas locales o las escuelas de la Agencia de Relaciones Indígenas (Bureau of Indian Affairs) y las oficinas y clínicas del Servicio de Salud Indígena (Indian Health Service) también pueden ofrecer información.

Dos organizaciones de interés son:

Bureau of Indian Affairs (BIA)
Office of Indian Education Programs
1849 C Street NW, MS-3512 MIB
Washington, DC 20240
(202) 208-6123
Web: www.oiep.bia.edu Internet

National Indian Education Association
700 N. Fairfax Street, Suite 210
Alexandria, VA 22314
(703) 838-2870
niea@niea.org Correo electrónico
www.niea.org Internet

¿Qué tipo de información y grupos de apoyo hay para ayudar a las familias?

Hay varios tipos de grupos de apoyo para padres de familia:

  • Grupos de apoyo (tales como de Padre-a-Padre) para las familias de niños con discapacidades;
  • Programas de entrenamiento e información para padres (“Parent Training and Information Center“), que operan con fondos federales, incluyendo algunos que se especializan en servicios para las familias indígenas (tal como Native American Families Together Parent Center, con su página Web en: www.nativefamilynetwork.com; y
  • Grupos interesados en una discapacidad específica, tales como las Asociaciones Unidas para la Parálisis Cerebral (United Cerebral Palsy Associations, Inc., o UCPA) o la Asociación para Ciudadanos Retrasados de los Estados Unidos (The Arc).
¿Qué información adicional necesitan las familias de los niños adoptados con discapacidades sobre servicios de intervención temprana o servicios de educación especial?

En general, el proceso para adquirir servicios de intervención temprana o programas de educación especial y servicios para los niños adoptados con necesidades especiales es igual que para todos los niños con necesidades especiales.

La organización “National Adoption Information Clearinghouse” proporciona mucha información a las familias que han adoptado a un niño. Su dirección es:

National Adoption Information Clearinghouse
330 C Street SW
Washington, DC 20447
(888) 251-0075
(703) 352-3488
naic@calib.com Correo electrónico
https://naic.acf.hhs.gov Sitio de Internet

También hay Adoptive Families Magazine, una revista bimensual de apoyo para padres que incluye información y recursos para las familias de niños adoptados que tienen necesidades especiales. Información sobre subscripciones está disponible de:

Adoptive Families Magazine
42 West 38th Street, Suite 901
New York, NY 10018
(800) 372-3300
letters@adoptivefam.com Correo electrónico
www.adoptivefamilies.com Internet

Las familias que ofrecen su hogar temporalmente a los niños con discapacidades o que corren el riesgo de desarrollar discapacidades pueden ponerse en contacto con la organización “National Foster Parent Association, Inc.” (NFPA). Este grupo ofrece información y apoyo a todos los padres adoptivos temporales (foster parents). Los miembros del grupo reciben un boletín bimensual y pueden usar todos los recursos de NFPA. Para ponerse en contacto con la Oficina de Información/Servicios:

National Foster Parent Association
7512 Stanich Ave. #6
Gig Harbor, WA 98335
Telephone: 1-800-557-5238; (253) 853-4000
info@NFPAinc.org Correo electrónico
www.nfpainc.org Internet

¿Cómo puedo informarme sobre los programas y servicios para familias militares cuyos niños tienen necesidades especiales?

Puede ponerse en contacto con el proyecto conocido como “Specialized Training of Military Parents” (STOMP). Esta organización provee información y ayuda a las familias militares (en los Estados Unidos y en el extranjero) que tienen niños con necesidades especiales.

El personal de STOMP incluye a los padres de niños con necesidades especiales que han recibido entrenamiento para trabajar con otros padres de niños con necesidades especiales. Como esposos de miembros del ejército, el personal comprende las necesidades únicas de las familias militares.

Para ponerse en contacto con STOMP, llame o escriba a la siguiente dirección:

Specialized Training of Military Parents (STOMP)
6316 South 12th Street
Tacoma, WA 98465-1900
(800) 5-PARENT
(253) 565-2266
rfullerton@washingtonpave.com Correo electrónico
www.stompproject.org Internet

Otra manera de enterarse más sobre los servicios de intervención temprana y programas de educación especial para niños de familias militares a nivel estatal es de ponerse en contacto con el Centro de Servicios Familiares (también conocido como el Centro de Recursos Familiares) o a través de la persona designada como contacto en su comunidad.

Aunque la mayoría de los niños de familias militares atienden las escuelas públicas, algunos van a las ecuelas de la Sección VI. Bajo IDEA cada una de estas escuelas observa las reglas del estado para la planificación de sus programas. Si desea más información, llame o escríbale a la persona designada como contacto en la agencia estatal de educación de su estado. (Para conseguir el nombre de esta persona, véa el Hoja de Recursos Estatales de NICHCY.)

La Oficina de la Actividad Educacional del Departamento de Defensa (Department of Defense Education Activity) publica un manual para familias militares que tienen niños con necesidades especiales y que están recibiendo, o que son elegibles para recibir, una educación pública apropiada y gratis a través del Departamento de Defensa. Puede conseguirlo en el Internet (www.odedodea.edu/instruction/curriculum/sped/parentpage13.htm) o escriba a la siguiente oficina:

Department of Defense Education Activity
4040 North Fairfax Drive
Arlington, VA 22203-1635
(703) 696-4493
www.odedodea.edu
Para información sobre la educación especial: https://www.eu.odedodea.edu/ed/special.htm

Parte IV: Información sobre IDEA

Durante los últimos 25 años, el Congreso ha adoptado ciertas leyes que instruyen a los estados sobre cómo proveer educación para los niños y jóvenes con discapacidades. La Ley Pública 94-142, el Acta de 1975 para la Educación de los Niños con Impedimentos, fue pasada por el Congreso y establecida como ley por parte del Presidente Ford. Esta ley es bien conocida; requiere que los estados provean educación para los niños con discapacidades. La ley ha sido enmendada varias veces.

En 1986, la ley fue enmendada a través de la Ley Pública 99-457 a fin de disminuir la edad desde la cual los niños pueden comenzar a recibir servicios especiales. También se estableció el Programa para Infantes y Niños con Discapacidades, para los niños que necesitan ayuda desde el nacimiento hasta los tres años de edad. Las enmiendas de 1990 y 1991 también resultaron en otros cambios, entre los cuales se incluyó un cambio en el nombre de la ley. Ahora la ley se llama IDEA, el Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (“Individuals with Disabilities Education Act,” o IDEA).

Información Para los Niños con Discapacidades de 3-21 Años de Edad

IDEA requiere que todos los estados y territorios provean una educación pública a los niños con discapacidades de 3 a 21 años de edad, no importa cuán severa sea su discapacidad.

Esta ley provee varios derechos básicos a los niños con discapacidades (de 3 a 21 años de edad) y sus padres:

  • El derecho a “una educación pública apropiada y gratis” pagada por el público (en algunos casos, ésto puede significar colocar al niño en una escuela privada);
  • El derecho a una ubicación de acuerdo a la evaluación de las necesidades especiales del niño;
  • El derecho de todos los niños con discapacidades de recibir un programa de enseñanza o instrucción diseñado para satisfacer sus necesidades; estas necesidades deben ser escritas claramente e incluidas en el Programa Educativo Individualizado (“Individualized Education Program,” o IEP) de cada niño, con detalles sobre los servicios que recibirá el niño;
  • El derecho a una variedad de servicios educacionales que pueden incluir servicios relacionados (“related services”) tales como asesoramiento, transportación, patología del habla/lenguaje, o terapia física u ocupacional;
  • El derecho de los padres (o tutores) a ser incluidos en la formulación de decisiones sobre las necesidades educacionales de su niño y de aprobar los planes educacionales de éste; y
  • El derecho de los padres (o tutores) de apelar cualquier decisión sobre la identificación, evaluación, y ubicación del niño a través del proceso legal debido (“due process procedure”).

Finalmente, IDEA requiere que los niños con discapacidades sean educados en el “Ambiente Menos Restrictivo” (LRE) es decir, en un lugar o sitio con niños que no tienen discapacidades, con ayuda especial para los que la necesiten.

Información Sobre Programas para Niños Muy Pequeños

Bajo IDEA, los servicios de intervención temprana deben estar disponibles a los infantes y niños con discapacidades, hasta los dos años de edad. Los servicios no son iguales en todas las áreas. Para averiguar qué hay disponible en su área, lláme al especialista en intervención temprana del sistema escolar o busque bajo “Programs for Infants and Toddlers with Disabilities: Ages Birth Through 2” (Programas para Infantes y Niños con Discapacidades: Desde Nacimiento Hasta los 2 Años) en la Hoja de Recursos Estatales de NICHCY. Ud. puede llamar a NICHCY al 1-800-695-0285 y pedir ayuda.

El Congreso ha hecho disponibles fondos para ayudar a los estados y territorios a planificar un sistema de servicios comprensivos para proveer los siguientes servicios:

  • Servicios de intervención temprana para los infantes y niños (hasta los dos años de edad con discapacidades. Si el estado lo desea, también puede proveer servicios a los infantes y niños menores de 2 años que corren el riesgo de desarrollar discapacidades; y
  • Programas de educación especial y servicios relacionados para los niños de edad pre-escolar (de 3 a 5 años de edad) que tienen discapacidades.

Los servicios para los niños de 3 años y mayores son provistos por el departamento de educación estatal. Los programas para los niños menores de 3 años son provistos por diferentes agencias en los diferentes estados. A veces el departamento de educación está a cargo de todos estos programas; en otros estados pueden caer bajo el departamento de salud u otra agencia.

El término “infantes y niños con discapacidades” en la ley se refiere a los niños (hasta los 2 años de edad) que necesitan servicios de intervención temprana en cualquiera de las siguientes áreas:

  • Desarrollo físico,
  • Cognición,
  • Comunicación,
  • Desarrollo socio-emocional, y/o
  • Conducta adaptativa.

Los servicios de intervención temprana deben ser provistos por personas calificadas para trabajar con infantes y niños con discapacidades o que corren el riesgo de desarrollar discapacidades. Todo servicio provisto debe ser incluido en el Plan de Servicios Familiares Individualizado (“Individualized Family Service Plan,” o IFSP), el cual se revisa cada 6 meses.

Para mayor información sobre las leyes que afectan a los niños con discapacidades y sus familias, llame a NICHCY al 1-800-695-0285.

Materiales en Español

Anderson, W. Chitwood, S., & Hayden, D. (1999). Guiándose por la intrincada senda de la educación especial. Bethesda, MD: Woodbine House. (Teléfono: 1-800-843-7232.)

Publicaciones de NICHCY:

Preguntas comunes de los padres sobre los servicios de educación especial(LG1-SP)

Preguntas y respuestas sobre IDEA(ND21-SP)

Cómo criar un niño con necesidades especiales (ND20-SP)

Guía para padres: Acceso a los grupos de padres (PA10-SP)

Servicios relacionados (ND16-SP)

Apoyo padre a padre (BP2-SP)

Diccionario de Términos

Las siguientes definiciones han sido traducidas de definiciones en inglés, las cuales han sido compiladas de una variedad de recursos. El contenido de este diccionario no representa necesariamente las definiciones aprobadas por el Departamento de Educación de los Estados Unidos.

agencia primaria–la agencia (oficina) dentro del estado o territorio que está a cargo de supervisar y coordinar el sistema de servicios para los niños desde el nacimiento hasta los dos años

agencia privada–una agencia no pública que puede estar recibiendo fondos del sector público para algunos niños

agencia pública–una agencia, oficina, u organización que es apoyada mediante fondos públicos y presta servicios a la comunidad entera

Ambiente Menos Restrictivo (LRE) –un programa o ambiente educacional con niños sin discapacidades en la medida que sea posible

apelar— el hecho de pedir un cambio en una decisión;

apelación–un pedido por escrito para algún cambio en una decisión

apropiado–poder satisfacer una necesidad; adecuado; en términos de educación especial, generalmente significa la circunstancia más normal posible

asesoramiento–consejos o ayuda por parte de una persona calificada para dar consejos o brindar esa ayuda (usualmente consiste en servicios psicológicos)

Child Find–un servicio dirigido por el Departamento de Educación o la agencia primaria de cada estado para la identificación y diagnóstico de los niños con discapacidades que aún no reciben los servicios. Aunque Child Find trata de identificar a todos los niños que no reciben tratamiento, hace un esfuerzo especial para identificar a los niños desde el nacimiento hasta los seis años

cognición–un término que decribe el proceso mental que las personas usan para recordar, razonar, comprender, y descernir; en términos de la educación especial, una discapacidad cognitiva se refiere a la dificultad en el aprendizaje

conducta adaptativa–el desarrollo del niño en comparación con los otros niños de la misma edad. Esto puede incluir la habilidad de vestirse, comer, ir al baño, la manera de jugar con los otros niños, cómo juega sólo, comprensión del peligro de cruzar la calle, la manera en la cual el niño se comporta si su madre sale de la pieza, etc.

coordinador de educación especial–es la persona que está a cargo de los programas de educación especial en la escuela, distrito, o a nivel estatal

coordinador de servicios–una persona que ordena servicios para infantes y niños menores de 2 años, trabajando en conjunto con la familia y administradores de programas especiales; los coordinadores de servicios pueden ser empleados por la agencia de intervención temprana

defensor–una persona que trabaja para ayudar a otra persona (“defensor educacional”); también, tomar alguna acción por parte de otra persona

desarrollo–concerniente a las fases o etapas del crecimiento y desarrollo antes de los 18 años de edad

desarrollo socio-emocional– el desarrollo psicológico de una persona en relación a su ambiente social

discapacidad–el resultado de cualquier condición física o mental que afecte o impida la habilidad para desarrollarse, lograr y/o funcionar en un ambiente educacional de acuerdo al ritmo normal

educación especial–ver programas y servicios de educación especial

educación pública apropiada y gratis (en inglés se conoce como FAPE) –uno de los principales requisitos de IDEA, el cual requiere que todos los niños de edad escolar reciban un programa educativo (no obstante su discapacidad) sin gasto alguno de las familias; los requisitos exactos del término “apropiado” no se han definido, aunque ciertas referencias dentro de la ley sugieren que ésto debe realizarse dentro del ambiente más “normal” posible

elegible–que cumple con los requisitos necesarios para recibir servicios

enmienda–un cambio, revisión, o un agregado a la ley

equipo multidisciplinario–un grupo de personas con entrenamientos diferentes que observa y evalúa el niño para determinar sus potencialidades y debilidades; especialistas de más de una disciplina, como, por ejemplo, un equipo compuesto de los padres y especialistas en terapia física, patología del habla y lenguaje, desarrollo infantil, terapia ocupacional u otras especialidades

especialista infantil–una persona que se especializa en el desarrollo infantil; usualmente tiene un grado de Maestria o Doctorado en el campo relacionado con el desarrollo de infantes y niños pre-escolares

evaluación (evaluation)–(en referencia a los niños menores de 2 años) son los procedimientos usados para determinar si el niño es elegible para recibir servicios de intervención temprana; (en referencia a los niños de edad pre-escolar y escolar) son los procedimientos usados para determinar si el niño tiene alguna discapacidad y cuáles son los servicios de educación especial y servicios relacionados que pueda necesitar el niño

historial del desarrollo–el progreso del desarrollo del niño (desde el nacimiento hasta los 18 años de edad) en destrezas tales como caminar, sentarse, hablar o aprender

identificación–el proceso de localizar e identificar a los niños que necesitan servicios especiales

IEP–ver Programa Educativo Individualizado

IFSP–ver Plan de Servicios Familiares Individualizado

impedimento–ver discapacidad

intervención temprana–programas o servicios diseñados para identificar y tratar un problema en el desarrollo cuanto antes posible, antes de los 3 años de edad (los servicios para las edades de 3-5 son conocidos como servicios pre-escolares)

Ley Pública (P.L.) 94-142–ley adoptada en 1975, la cual requiere que todas las escuelas públicas provean una “educación pública apropiada y gratis” para los niños de edad escolar de 3 a 21 años de edad (las edades exactas dependen del mandato de su estado), no importa cuál sea la discapacidad; también se conoce como el Acta de 1975 para la Educación de los Niños con Impedimentos o el Acta para la Educación de los Impedidos (EHA); con las recientes enmiendas ahora se llama el Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (IDEA)

Ley Pública (P.L.) 102-119–Adoptada en 1991, ésta es una enmienda al Acta para la Educación de los Individuos con Discapacidades (IDEA), la cual requiere que los estados y territorios provean una “educación pública apropiaday gratis” a todos los niños de 3 a 21 años de edad; y provee fondos para que los estados y territorios puedan planificar e implementar un sistema de servicios comprensivos para los infantes y niños menores de 2 años de edad con discapacidades

necesidades especiales (en referencia al niño con “necesidades especiales”)–término para describir al niño con discapacidades o que está bajo riesgo de desarrollar una discapacidad, y que, por lo tanto, requiere servicios especiales o tratamiento para poder progresar

patología del habla/lenguaje–un programa planificado para mejorar y/o corregir los problemas de la comunicación

Plan de Servicios Familiares Individualizado (IFSP)–una declaración o formulación escrita para un infante (desde el nacimiento hasta los 2 años) diseñada por un equipo de personas que ha trabajado con el niño y la familia; el IFSP (en inglés, “Individualized Family Service Plan”) debe describir el nivel de desarrollo del niño; información sobre la familia; las metas principales y resultados que se esperan; los servicios que recibirá el niño; cuándo y dónde recibirá estos servicios; y los pasos que se deben tomar para apoyar la transición del niño a otro programa; el IFSP debe indicar además el nombre del coordinador asignado al niño y su familia

política/políticas–reglas y regulaciones; en relación a los programas de intervención temprana y educación especial, las reglas del estado o sistema escolar para la provisión de servicios y educación de estudiantes con necesidades especiales

políticas de intervención temprana–ver política/políticas

proceso legal debido (“due process”)–acción que protege los derechos de una persona; en educación especial ésto se refiere a una acción para proteger los derechos educativos de los alumnos con discapacidades

programa(s)–en la educación especial, un servicio, ubicación, o terapia diseñada para ayudar a un niño con necesidades especiales

Programa Educativo Individualizado— (en inglés se dice “Individualized Education Program,” o IEP) un programa escrito de educación para un niño de edad pre-escolar o de edad escolar con discapacidades, el cual ha sido desarrollado por un equipo de profesionales (maestros, terapistas, etc.) y los padres del niño; éste se revisa cada año y describe cómo está progresando el niño, cuáles son sus necesidades, y cuáles servicios necesitará el niño. (Para los niños menores de 2 años, se utiliza el Plan de Servicios Familiares Individualizado.)

programas de entrenamiento e información para padres–(en inglés se dice “Parent Training and Information Center,” o PTI) programas que proveen información a los padres de los niños con necesidades especiales sobre cómo adquirir servicios, cómo trabajar con las ecuelas y profesores para asegurar la ubicación educacional más efectiva para su niño, cuáles son los métodos de evaluación de un niño con necesidades especiales, y cómo tomar decisiones sobre las necesidades especiales del niño

programas/servicios de educación especial–programas, servicios, o instrucción (gratis) diseñados especialmente para los niños mayores de 3 años con necesidades especiales que son elegibles para recibir tales servicios; ésto incluye métodos y materiales especiales de aprendizaje en salones de clases regulares y salones de clases especiales, si los problemas físicos o del aprendizaje indican este tipo de programa

prueba (y análisis)–(en inglés se dice “assessment”) la colección de información sobre las necesidades del niño; las cuales pueden incluir evaluaciones sociales, psicológicas y educacionales utilizadas para determinar los servicios; un proceso que utiliza la observación, pruebas, y análisis de pruebas para determinar las potencialidades y debilidades del individuo para planificar sus servicios educacionales

pruebas o “tests” del desarrollo–pruebas para medir el desarrollo del niño en comparación con el desarrollo de los otros niños de la misma edad

psicólogo–un especialista en el campo de psicología; éste generalmente tiene una Maestría o Doctorado en psicología

riesgo–un término utilizado para los niños que tienen, o pueden tener, problemas con su desarrollo; los cuales pueden afectar el aprendizaje posterior

servicios/servicios prestados–los servicios (terapias, instrucción, tratamiento) ofrecidos a un niño con necesidades especiales

servicios relacionados–servicios de transporte o servicios correctivos, del desarrollo o de apoyo requeridos por un niño con discapacidades para beneficiarse de la educación especial; como por ejemplo: patología del habla y lenguaje, audiología, servicios psicológicos, terapia física y ocupacional, recreación, servicios de asesoramiento, intérpretes para los sordos, servicios médicos para diagnóstico y evaluación, y servicios y aparatos de tecnología auxiliar

sistema de servicios comprensivos–se refiere a una lista de 14 áreas que debe proveer cada estado que participa bajo el Programa de Intervención Temprana para Infantes y Niños Menores de Dos Años con Discapacidades. Estos 14 puntos varían desde la definición de los retrasos en el desarrollo, hasta los lineamientos para la identificación, evaluación, y provisión de servicios de intervención temprana para el niño y su familia

terapia física–tratamiento de discapacidades (físicas) por parte de un fisioterapeuta (bajo las indicaciones del doctor) que incluye el uso de masajes, ejercicios, etc. para mejorar el uso de los huesos, músculos, articulaciones, y nervios de una persona

terapia ocupacional–terapia o tratamiento provisto por un terapeuta ocupacional que ayuda el desarrollo individual de destrezas físicas que ayudarán en el diario vivir; con un enfoque basado en la integración sensorial, coordinación de movimientos, destrezas motrices finas y auto-ayuda, como, por ejemplo, el vestirse sólo, comer con un tenedor o cuchara, etc.

terapeuta privado–cualquier profesional (terapeuta, tutor, psicólogo, etc.) no conectado con el sistema escolar público ni con ninguna agencia pública

ubicación–el salón de clases, programa, terapia, o servicio que ha sido seleccionado para un alumno con necesidades especiales


Esta información no tiene derechos de publicación. Se pueden hacer copias de este documento y compartirlo con otras personas. Por favor dé el crédito de publicación al National Dissemination Center for Children with Disabilities (NICHCY).

Esta es una publicación de NICHCY. Copias individuales de ésta y otras publicaciones son proporcionadas en forma gratuita. También NICHCY distribuye otros materiales y puede responder a preguntas individuales. Para mayor información o asistencia, o para recibir un Catálogo de Publicaciones de NICHCY, póngase en contacto con: NICHCY, P.O. Box 1492, Washington, DC 20013-1492, o llame al 1-800-695-0285 (Voz/TTY, linea gratuita). Puede también enviarnos correspondencia a través de correo electrónico (nichcy@aed.org) o puede visitar nuestro sitio de Internet (www.nichcy.org).

Directora: Suzanne Ripley
Directora Adjunta: Donna Waghorn
Editora: Lisa Küpper
Traductora: Bernardita McCormick

NICHCY ofrece su agradecimiento a nuestro Oficial del Proyecto, Dr. Peggy Cvach, de la Oficina de Programas de Educación Especial, Departamento de Educación de los Estados Unidos.

Este documento fue desarrollado por la Academia para el Desarrollo Educacional (Academy for Educational Development) a través de un Acuerdo Cooperativo con la Oficina de Programas de Educación Especial, Departamento de Educación de los Estados Unidos. El contenido de este documento no refleja necesariamente los puntos de vista ni políticas del Departamento de Educación, y el hecho de mencionar productos comerciales u organizaciones no implica la aprobación del Departamento de Educación.

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